- Última modificación:Viernes 18 Octubre 2019, 02:07:09.
Directorio
UNIDAD U ORGANO INTERNO | FACULTADES, FUNCIONES O ATRIBUCIONES | FUENTE LEGAL | ENLACE A LA NORMA |
PRESIDENTE | Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio. | Art. 23 a) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace |
Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza en su nombre. | Art. 23 b) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Firmar los documentos oficiales de la entidad. | Art. 23 c) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los Estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio. | Art. 23 d) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Ejercer todos los derechos que las Leyes, Reglamentos y los Estatutos le otorgan. | Art. 23 e) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
DIRECTORIO | Dirigir la Corporación y administrar sus bienes. | Art. 21 a) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace |
Citar a la Asamble General Ordinaria de Socios y a las Extraordinarias, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos teceras partes de los socios activos indicando su objeto. | Art. 21 b) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Interpretar los Estatutos y dictar los Reglamentos que estime necesarios para la mejor marcha de la Corporación. | Art. 21 c) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos como también contratar los servicios otras entidades públicas o privadas. | Art. 21 d) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria de Socios de la inversión de los fondos y de la marcha de la Corporación durante el período en que ejerza sus funciones. | Art. 21 e) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace | |
Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los Socios y establecer sanciones por infracción de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Corporación. | Art. 21 g) Estatutos de la Corp. Municipal de Desarrollo Social de Macul. | Enlace |
Secretario General
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SECRETARIO GENERAL | Promover, coordinar y dirigir, por mandato expreso del directorio, las labores de carácter económico y administrativo que la corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades. | Art. 27 A) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE |
Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que el Directorio le encomiende como asimismo los acuerdos del Directorio. | Art. 27 B) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
Rendir cuenta trimestralmente al directorio de su gestión administrativa. | Art. 27 C) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
Cuidar de la recaudación de las entradas y tener bajo control los ingresos. | Art. 27 D) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
Proponer anualmente al Directorio para su aprobación, el Presupuesto de entradas y gastos y el Balance y la memoria de la Corporación. | Art. 27 E) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
LLlevar el registro general de Socios de la Corporación. | Art. 27 F) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
Custodiar los fondos, títulos y valores de la Corporación, autorizar los gastos imprevistos que, a su juicio, deban ser solventados, dando cuenta al Directorio en la primera sesión que celebre después de la indicada autorización. | Art. 27 G) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE | |
Controlar debidamente los ingresos y los egresos de los fondos sociales y supervigilar la contabilidad de la Corporación. | Art. 27 H) Estatutos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul. | ENLACE |
Areas Educación y Salud
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DIRECCION DE SALUD | Entidades Administradoras de Salud Municipal: las personas jurídicas que tengan a su cargo la administración y operación de establecimientos de Atención Primaria de Salud Municipal, sean éstas las Municipalidades o instituciones privadas sin fines de lucro a las que la Municipalidad haya entregado la administración de los establecimientos de salud, en conformidad con el Artículo 12 del Decreto con Fuerza de Ley n° 1-3.063, del Ministerio del Interior, de 1980. | Art. 2, Ley 19.378, que establece Estatuto de Atención Primaria de Salud | ENLACE |
DIRECCION DE EDUCACION | Para estos efectos se consideran "Sector Municipal" aquellos establecimientos educacionales que dependen directamente de los Departamentos de Administración Educacional de cada Municipalidad, o de las Corporaciones Educacionales creadas por éstas o los que habiendo sido municipales son administrados por Corporaciones Educacionales privadas, de acuerdo con las normas establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley n° 1-3.063, del Ministerio del Interior, de 1980. | Art. 19, Iinciso 2°, Ley 19.070, que aprueba el Estatuto de los Profesionales de la Educación | ENLACE |